TODO SOBRE EL SUICIDIO ASISTIDO
La ley española sobre el suicidio asistido establece que en determinadas circunstancias (que se trate de un enfermo incurable en estado terminal que haya solicitado repetidas veces ayuda para poner fin a su sufrimiento) la colaboración necesaria con el suicidio, tipificada en el artículo 143 del Código Penal, establece de una manera general que «el que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años».
Pero, sin embargo, matiza que si lo hace «por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera «una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados» (El País, 3-I-2012).
Un debate que frecuentemente se plantea en la medicina del final de la vida es valorar la etnicidad del suicidio asistido. En relación con ello, en uno de los últimos números del New EnglandJournal of Medicine (368; 1450-1452, 2013), en su Sección de decisiones clínicas, se plantea un caso clínico en el que posiblemente se pudiera proponer utilizar el suicidio asistido y se emiten dos opiniones, una contraria a él y otra favorable.
CASOS JURIDICOS: En 1992, el médico estadounidense Jack Kevorkian fue sentenciado a una pena de 10 a 25 años de prisión por haber participado en el suicidio asistido de 130 de sus pacientes supuestamente terminales al haber inventado una máquina que permitía que los pacientes se auto administraran una sustancia mortal. El argumento de Kevorkian era que la asistencia al suicidio era un servicio médico prestado a pacientes para quienes su sufrimiento les resultaba insoportable y no tenían posibilidades de curarse. Su objetivo no era asesinarlos, sino ayudarlos a terminar con su sufrimiento.
TAMBIEN SE CONSIDERA:Asistencia al suicidio la entrega del material necesario —habitualmente medicamentos— para su realización. La ayuda puede ser facilitada por profesionales médicos, enfermeras u otras personas. Algunos países europeos, como los Países Bajos y Bélgica, han regulado el suicidio asistido como una atribución de los profesionales de la medicina y la enfermería. En Suiza permite tanto el suicidio médicamente asistido como el auxilio al suicidio, es decir, cualquier persona puede ayudar a otra a suicidarse sin consecuencias jurídicas y no tiene que realizarse necesariamente en un contexto médico o de enfermería.
El auxilio al suicidio no debe ser confundido con la eutanasia ni con la inducción al suicidio. A diferencia de la eutanasia, en el suicidio asistido la actuación del profesional médico se limita a proporcionar al paciente los medios necesarios para que sea él mismo quien se produzca la muerte. El elemento distintivo no radica en el medio que se emplea, sino en el sujeto que la lleva a cabo: en la primera —la eutanasia—, otra persona es el agente activo respecto de quien la solicita; en el segundo, el paciente es el sujeto activo, asistido y aconsejado por un médico. Tampoco debe confundirse con la inducción al suicidio, que consiste en quebrar la voluntad de la persona, que no deseaba suicidarse, para que lo haga.
El concepto de suicidio asistido ha nacido dentro de la tradición moderna,autonomista y liberal, con la aceptación de algunos expertos en bioética que sinembargo están en contra de la eutanasia

